Así lo determinó la Sala de Instrucción del alto tribunal, luego que la defensa del expresidente Álvaro Uribe pidiera que el caso pasara a manos de la Fiscalía General de la Nación.
Este traslado de su proceso a la Fiscalía se da, al considerar que tras la renuncia de Uribe al Senado de la República, el pasado 18 de agosto, implica también la pérdida de la condición de aforado, y que al no estar relacionados los delitos con la función de congresista, el alto tribunal perdía la facultad de investigar al exmandatario.
«Es evidente que mi prohijado ha “cesado en el ejercicio de su cargo”, cumpliéndose así la primera circunstancia de hecho que exige el parágrafo del artículo 235 de la Constitución». Además, señaló que «siguiendo los parámetros de la línea jurisprudencial, acogida por la propia Sala, en el presente asunto no se cumple el requisito, establecido en el parágrafo del artículo 235 de la Constitución, para que la Sala mantenga su competencia, toda vez que no hay relación entre las supuestas conductas punibles, que son objeto de investigación, y las funciones que el doctor Álvaro Uribe Vélez desempeñaba como senador de la República».
Jaime Granados, Defensa del expresidente, en la carta enviada en su momento a la Sala de Instrucción.