Las salas no podrán superar el 50% de la capacidad del lugar.
A través de la Resolución 1408 del 14 de agosto, se dio luz verde para reactivar el sector de exhibición cinematográfica y la presentación de obras de artes escénicas en salas de cine y teatros.
En el documento que se dio a conocer en las últimas horas, la cartera de salud nacional anunció la autorización, estableciendo un extenso protocolo de bioseguridad para prevenir los contagios del Covid-19.
Estos son algunos de los requisitos expuestos:
- Prohibir la venta de alimentos dentro de las instalaciones.
- Dejar dos sillas vacías entre cada espectador y entre cada fila ocupada debe quedar una libre.
- La disposición podrá ser tal que supere el 50 % del aforo máximo de la sala.
- En ningún caso la disposición podrá ser tal que supere el 50 % del aforo máximo de la sala.
- El acceso a los baños y la circulación de asistentes se debe establecer un flujo en el que se mantenga el distanciamiento físico exigido de dos metros mínimo entre personas.
- Las puertas y ventanas deberán permanecer abiertas para permitir una ventilación apropiada.
- Igualmente, deberán señalizar los ingresos y salidas para dichos desplazamientos y ubicaciones.
En el caso de los autocines también se deberán disponer varios carriles que permitan la circulación vehícular con 5 metros de distancia entre cada carro.