La Corte Constitucional se encuentra analizando una demanda que solicita el pago de horas extras en la modalidad de teletrabajo. La petición fue interpuesta por tres ciudadanos que exhortan a eliminar el artículo 6 de la ley 1221 del 2008 que reglamenta el teletrabajo en el país.
Bajo el argumento que el artículo se refiere a que: “A los teletrabajadores, dada la naturaleza especial de sus labores no les serán aplicables las disposiciones sobre jornada de trabajo, horas extraordinarias y trabajo nocturno”, los demandantes manifiestan que a los trabajadores remotos no se les está reconociendo una garantía laboral, afectando a cientos de ciudadanos por el contexto actual de virtualidad a causa de la pandemia.
Por el contrario, se afirma que se están excluyendo dentro del concepto de trabajo consagrado en la constitución. Pues, según el reglamento, el máximo horario de trabajo en el país son 8 horas, lo cual, exonera la modalidad como un una actividad sin reglamentación.
Por lo tanto, se exige que no se excluyan de la normativa laboral y se reconozca el trabajo suplementario por los largos periodos de tiempo que podrían ser laborados desde casa.